La Retención de IRPF es un Impuesto directo que grava la renta de las personas físicas (trabajo personal, rendimientos del capital, etc.), se tiene en cuenta el cómputo de hijos, situación personal etc., según lo que determina la Agencia Tributaria.
Los porcentajes de retención sobre los rendimientos de trabajo de diputación Foral de Gipuzkoa, Alava, Bizkaia y Navarra, se obtienen de las tablas de retenciones publicadas en sus boletines oficiales de cada Hacienda Foral.
El resto de las Comunidades que no se rigen por la tabla de Retenciones dispone de una aplicación para realizar el cálculo de IRPF.
Para calcular el porcentaje que se va a aplicar en las retenciones del IRPF, se tienen en cuenta las retribuciones dinerarias y en especie que sean previsibles, y el número de descendientes por los que se tenga derecho a deducción.
En caso de producirse variaciones en la cuantía de las retribuciones durante el año, se calculará un nuevo porcentaje, aplicable a partir de la fecha en que se produzcan las modificaciones.
En los contratos de trabajo menores de un año la retención no podrá ser inferior al 2%.
Para la obtención del porcentaje de retención sobre los rendimientos de trabajo que se van a tener en cuenta para este año y que se rigen por la Hacienda Estatal hay que descargar aplicación para efectuar el cálculo de IRPF que ofrece la página de Hacienda Estatal, ya que en este caso no existe tabla de retenciones.
Los porcentajes de Retención sobre los rendimientos de trabajo en las Diputaciones Forales de Gipuzkoa, Alava, Bizkaia y Navarra, se obtienen de las tablas de retenciones publicadas por cada Hacienda Foral. La tabla de retención detalla los porcentajes de retención aplicables a los rendimientos del trabajo a partir del 1 de enero de 2013.
Para obtener dichos porcentajes, se tienen en cuenta tanto las retribuciones dinerarias y en especie que sean previsibles, como el número de descendientes por los que se tenga derecho a deducción. Se calculará un nuevo porcentaje en caso de producirse variaciones en la cuantía de las retribuciones, dicho porcentaje será aplicable a partir de la fecha en la que se produzcan las modificaciones.
En contratos menores al año, la retención no podrá ser inferior al 2%.
Tabla retención IRPF 2013 de Guipúzcoa |
Tabla retención IRPF 2013 de Vizcaya |
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La retención de IRPF se obtiene sobre los rendimientos del trabajo, y es el resultado de aplicar a la percepción íntegra anual el porcentaje que corresponda, de acuerdo con la tabla publicada por la Hacienda Foral de Gipuzkoa. |
Desde el 1 de enero de 2013, se aplica la tabla con los porcentajes de retencion de IRPF de la Diputación Foral de Bizkaia, y muestra a cada escala de retribuciones, teniendo en cuenta el número de descendientes del perceptor y rendimientos de trabajo. |
Tabla retención IRPF 2013 de Álava |
Tabla retención IRPF 2013 de Navarra |
La tabla con los porcentajes de retención IRPF correspondiente a la Diputación Foral de Alava, es aplicable a los rendimientos del trabajo a partir del 1 de enero de 2013. |
Tabla de retención de IRPF aprobada por la Comunidad Autónoma de Navarra. |