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¿Que es la Prestación por Desempleo?

La prestacion por desempleo protege la situación de quienes pierden su empleo de forma temporal o definitiva o vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un 10 y un 70 %.
Es condición indispensable la cotización previa del trabajador a la Seguridad Social.

Para tener derecho a la prestación por desempleo se deberán reunir los siguientes requisitos:

  • Estar afiliado y en situación de alta o asimilada en la Seguridad Social, en un régimen que contemple la contingencia por desempleo.
  • Estar en situación legal de desempleo.
  • Tener cubierto un período mínimo de cotización por esta contingencia de 360 días, dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo.
  • El incumplimiento por parte del empresario de las obligaciones de afiliación, alta y cotización, no impide que el trabajador obtenga su prestación por desempleo, y por ello la Entidad Gestora le abonará las prestaciones sin perjuicio de las acciones que pueda adoptar contra la empresa infractora y la responsabilidad que corresponda a ésta por las prestaciones reconocidas.
  • No haber cumplido la edad establecida que se exija para causar derecho a la pensión contributiva de jubilación, salvo que el trabajador no tuviera acreditado el periodo de cotización requerido para ello, o se trate de supuestos de suspensión de la relación laboral o reducción de jornada autorizados por Expediente de Regulacion de Empleo (ERE).
  • No estar incluido en alguna de las causas de incompatibilidad.

Duración de la prestación por desempleo

La duración de la prestación por desempleo estará en función de los períodos de cotización en un régimen de la Seguridad Social que proteja esta contingencia, en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo:

Días cotizados en los 6 últimos años

Días de la duración de la prestación

Desde 360 hasta 539 120
Desde 540 hasta 719 180
Desde 720 hasta 899 240
Desde 900 hasta 1.079 300
Desde 1.080 hasta 1.259 360
Desde 1.260 hasta 1.439 420
Desde 1.440 hasta 1.619 480
Desde 1.620 hasta 1.799 540
Desde 1.800 hasta 1.979 600
Desde 1.980 hasta 2.159 660
Desde 2.160 720

 

En los casos de trabajo a tiempo parcial o a trabajo efectivo en los casos de reducción de jornada, cada día trabajado se computará como día cotizado, cualquiera que haya sido la duración de la jornada.

Calcular la prestación por desempleo

La cuantía de la prestación dependerá de la base reguladora que tenga el trabajador.

formula base reguladoraPara determinar la base reguladora diaria se suman las bases de los últimos 180 días cotizados a la Seguridad Social, por la contingencia de desempleo (Base de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales), precedentes a la situación legal de desempleo y se dividirán entre 180.

  Periodo % de la Base Reguladora
Cuantía Los primeros 180 días 70%
A partir del día 181 60%

 

La prestación por desempleo parcial se determinará, según las reglas señaladas anteriormente, en proporción a la reducción de la jornada de trabajo.

Los importes de la prestación así calculados, en ningún caso podrán ser inferiores o superiores a los importes mínimos y máximos establecidos para las prestaciones por desempleo, en función de que el trabajador tenga o no hijos a cargo.

A estos efectos se entenderá que se tienen hijos a cargo cuando éstos sean menores de 26 años o mayores con una discapacidad en grado igual o superior al 33%, carezcan de rentas de cualquier naturaleza iguales o superiores al Salario Minimo Interprofesional (SMI) excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias y convivan con el beneficiario.

  Sin Hijos Con un Hijo Con 2 o más
Límite máximos 175% del IPREM 200% del IPREM 225% del IPREM
Límites mínimos 80% del IPREM

107% del IPREM

 

En caso de tiempo parcial, los importes máximo y mínimo de la prestación se calcularán en función de las horas trabajadas.

Cotización a la Seguridad Social

Durante la percepción de la prestación por desempleo el trabajador permanecerá en alta en la Seguridad Social y se efectuará la cotización por las contingencias comunes.

La base de cotización será el promedio de las bases de cotizacion del trabajador por estas contingencias en los últimos seis meses de trabajo.

El abono de cotización lo efectuará el SEPE.

Retenciones

Durante el periodo de la percepción de la prestación por desempleo, el SEPE ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social. Asumirá la aportación empresarial y descontará de la prestación las aportaciones correspondientes al trabajador y el porcentaje de retencion IRPF correspondiente.