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Nomina 2014 /2015

Bases de Cotización

La base de cotización es el importe sobre el que se aplican los porcentajes o tipos de cotizacion y, como resultado, se obtiene la cuota a ingresar a la Seguridad Social.

La base de Contingencias comunes la componen:

  1. Las retribuciones generadas durante el mes como salario base, antigüedad, plus convenio, plus actividad…, excluyendo los conceptos que no cotizan tales como dietas, gastos de locomoción, indemnizaciones…
  2. A dicha retribución se agregará la parte proporcional de las gratificaciones extraordinarias y de aquellos conceptos de devengo superior al mes que vayan a abonarse durante el año.

El importe resultante sería la base de cotización por Contingencias comunes, cuyas cuotas se destinan a la cobertura del Régimen General de la Seguridad Social.

La base de Contingencias profesionales es la suma de la base de contingencias comunes más el computo de horas extras obtenidas en ese mes. La cuota resultante cubre los riesgos generados en accidentes de trabajo y enfermedades profesionales producidas como consecuencia del trabajo por cuenta ajena. Los tipos que se aplican a esta base son los de:

  • Horas extraordinarias, estructurales o no estructurales.
  • CNAE; es decir, Cuotas por incapacidad permanente, Muerte y Supervivencia.(IMS) y Cuotas por incapacidad temporal (IT).
  • Otros conceptos como el Desempleo, FOGASA y Formación Profesional.

La empresa está obligada a cotizar por el trabajador por un importe comprendido entre la base máxima y la mínima de su grupo de cotización.

Cada trabajador pertenece a un grupo de cotización, y a este grupo de cotización le corresponde una base máxima y una mínima.

Una vez calculado el recibo de un trabajador obtenemos su base, dicha base tiene que estar entre la base mínima y máxima de su grupo.

Si su base supera la base máxima o es inferior a la mínima le corresponde cotizar por la base máxima o mínima correspondiente a su grupo.

Los grupos de cotización se dividen en dos fases:

  • Grupo 1 al 7: Integran a los trabajadores mensuales.
  • Grupo 8 al 11: Corresponde a los trabajadores diarios.

Tabla con las Bases de Cotización para el 2021.

 

Tabla con las Bases de Cotización para el 2020.

Tras la publicación en el BOE del Ley 17/2012, de 27 de diciembre de 2012.