El subsidio por desempleo es una prestación económica asistencial; es decir, una ayuda económica para aquellas personas que no tienen derecho a la prestación por desempleo o que se encuentran dentro de determinadas situaciones.
No hay que confundirlo con la prestación por desempleo, que es una prestación contributiva que se obtiene cuando se pierde el empleo o se reduce la jornada de trabajo. Además su cuantía y duración se calculan en función del tiempo que el trabajador haya cotizado previamente a la Seguridad Social.
El plazo para solicitar el subsidio será de 15 días hábiles (no cuentan domingos ni festivos), desde la fecha en que se produzca el cese involuntario en el empleo, o desde el día que finalice el periodo de vacaciones pendiente de disfrutar, o el agotamiento de la prestación por desempleo contributiva.
Para tener derecho al subsidio de desempleo deben cumplirse las siguientes condiciones:
La duración del subsidio de desempleo varía según la modalidad que se perciba. El derecho se concede inicialmente por 6 meses, con posibilidad de obtener prórrogas semestrales hasta la duración tope que se refleja en la tabla, siempre que el trabajador lo solicite y que siga manteniendo los requisitos.
Clases de subsidio de desdempleo | Duración |
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Haber agotado la prestación contributiva por desempleo y tener responsabilidades familiares | La duración varía en función de la edad, de tener responsabilidades familiares y de la duración del derecho que se haya percibido. |
Mayores de 45 años que han agotado la prestación y no tuvieran responsabilidades familiares | 6 meses |
Mayores de 45 años que han agotado la prestación contributiva de 24 meses | 6 meses (con posibilidad de solicitar después un subsidio por agotamiento) |
Emigrantes retornados | 18 meses |
Liberados de prisión | |
Trabajadores tras revisión de expediente de invalidez | |
Por haber cotizado 3, 4 ó 5 meses con responsabilidades familiares. | 3, 4, ó 5 meses |
Por haber cotizado 6 meses | 6 meses sin responsabilidades familiares,12 meses con responsabilidades familiares |
Mayores de 52 años | Hasta que el trabajador alcance la edad de jubilación. |
Trabajadores fijos-discontinuos | El equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud. |
Familiares a cargo | Mayores de 45 años que hayan agotado la prestación más de 24 meses | Con 2, 3 o más familiares a cargo | |
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Cuantía | 80% IPREM | 107% | 133% |