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¿Qué es un ERTE por COVID-19?

Expediente de Regulación de Empleo Temporal, cierre temporal

Un ERTE es un Expediente de Regulación de Empleo Temporal, que se puede solicitar en situaciones de fuerza mayor. En la actualidad, el ocasionado por la crisis sanitaria generada por el virus COVID-19 ha obligado a tomar medidas laborales como el ERTE.

La situación de fuerza mayor viene dada en estos momentos por la declaración de estado de alarma en el país, esto ha ocasionado:

  • Cierre de negocios.
  • Bajada drástica de ventas.
  • Problemas de movilidad.
  • Problemas a la hora de poder salvaguardar la salud laboral de los trabajadores.
  • ...

Dado el momento de bloqueo en que nos encontramos inmersos, el Gobierno Estatal ha ofrecido a las empresas el poder solicitar un ERTE, con unas condiciones más flexibles que las que se establecen en otras situaciones.

Para facilitar el proceso, se ha elaborado un procedimiento que simplifica los requisitos, de manera que las empresas que quieran acogerse a este tipo de ERTE tendrán que remitir a la autoridad laboral un informe que vincule su solicitud con las medidas del Gobierno que le han perjudicado.

A continuación, detallamos los puntos principales que lo definen:

  • Remitir un informe justificando la perdida de actividad como consecuencia de COVID-19 a la autoridad laboral.
  • Se puede ejecutar el ERTE en un plazo máximo de 7 días, una vez haya llegado a la Inspección de Trabajo.
  • Se solicita cuando va a tener una duración determinada, por un periodo limitado de tiempo, a diferencia de un ERE, que se solicita de forma irrevocable.
  • No tiene que cumplir el requisito de entrar la empresa en pérdidas.
  • La condición de cumplir el periodo mínimo de cotización, no va a ser un condicionante para cobrar el Subsidio. En otras situaciones era necesario tener cotizado como mínimo 360 días dentro de los seis últimos años.
  • Los empleados recibirán su prestación por desempleo, pero ese tiempo NO computará como tiempo consumido de paro.
  • Se puede solicitar ERTE total o parcial dependiendo de las necesidades de la empresa, y pudiendo establecer diferentes condiciones según el puesto de trabajo, y dependiendo de si el empleado tiene deberes de cuidado.

El importe de la prestación se establece en un 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días y a partir del dia 181 sobre un 50% de la base reguladora.

Como presentar el formulario de solicitud colectiva en SEPE, para tramitación de ERTE COVID-19

SEPE, ha preparado una plantilla, para agilizar la tramitación de los mismos, a continuación indicamos los puntos principales:

  1. Se debe de enviar un documento por cada centro de trabajo.
  2. Se incluirá en cada uno, la relación de trabajadores en activo en la fecha de ERTE (fecha de suspensión o reducción), es decir, se excluyen aquellos que estén de baja por IT, maternidad o excedencia.
  3. La información se encuentra disponible en la página relativa a la plantilla de la SEPE
  4. Se enviará a través de la cuenta de correo dp20Acuerdos.ERE@sepe.es indicando el Número de ERTE y el nombre de la empresa.
  5. Enviar los certificados de empresa de los trabajadores, por la vía habitual de Certific@2.