La indemnizacion por despido es la compensación que recibe el trabajador como consecuencia de dicho despido.
La cuantía de la indemnizacion por despido depende de que el despido sea por causas objetivas o disciplinario, y además de si es procedente o improcedente, ya que en caso de ser procedente la indemnización sería menor.
Las cuantías de las indemnizaciones por despido a las que los trabajadores tienen derecho son las siguientes dependiendo de si el despido es procedente o improcedente:
Contratos anteriores a la entrada en vigor de la reforma laboral | Contratos posteriores a la entrada en vigor de la Ley 35/2010 |
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Despido disciplinario improcedente: 45 días por año de servicio con un máximo de 42 mensualidades. |
Despido disciplinario improcedente: 45 días por año de servicio con un máximo de 42 mensualidades (abono del total por parte de la empresa). |
Despido colectivo y objetivo procedente: 20 días por año con un máximo de 12 meses. |
Despido colectivo y objetivo procedente: 20 días por año con un máximo de 12 meses (FOGASA abona 8 días y la empresa 12 días). |
Despido objetivo improcedente: 45 días por año con un máximo de 42 mensualidades. |
Despido objetivo improcedente (contrato indefinido ordinario): 45 días por cada año con un máximo de 42 mensualidades (FOGASA abona 8 días y la empresa 37). |
Despido objetivo improcedente (contratos de fomento de empleo): 33 días por año con un máximo de 24 meses. |
Despido objetivo improcedente (contratos de fomento de empleo): 33 días por año con un máximo de 24 meses (FOGASA abona 8 días y la empresa 25 días). |
En el caso de finalización de los contratos de trabajo la indemnización es mucho menor:
Los contratos temporales celebrados antes de la reforma laboral llevada a cabo en junio de 2010 tendrán una indemnización de 8 días de salario por cada año de servicio, salvo para los contratos de formación y de interinidad.
Los contratos temporales celebrados después del 18 de junio de 2010 tendrán una indemnización de:
La Resolución de 3 de junio de 2011, establece que FOGASA abonará parte de la indemnizacion por despido como consecuencia de la finalización de los contratos indefinidos.
En empresas de menos de 25 trabajadores, Fogasa abonará el 40% de la indemnización legal cuando se cumplan alguna de las siguientes condiciones:
En el cálculo de la indemnización se tienen en cuenta:
FOGASA, indemnizará al empresario por un importe equivalente a 8 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos inferiores al año.
Más información de como calcular la indemnizacion por despido.