El Modelo TC1 se utiliza para la liquidación de las cuotas y se rellena a partir de los datos que aparecen en el Modelo TC2.
Con este formulario se acredita el ingreso de las cuotas o en su caso, la presentación de los documentos de cotización sin ingreso.
Este apartado contiene los datos de identificación de la empresa, la clave e identificador del empresario, el código de cuenta de cotización a la Seguridad Social, el número de trabajadores y el periodo de liquidación.
En esta sección se consignan la sumas de bases de los trabajadores, las cuales deben coincidir con las reflejadas en el Modelo TC2; a dichas bases se les aplica el tipo de cotización establecido con carácter general y se informa de la cuota resultante.
Asimismo, se detallan las prestaciones por incapacidad temporal derivadas de enfermedad común o accidente no laboral. A la casilla de reducciones se trasladará la suma de las reducciones que figuren en el Modelo TC2.
En este capítulo figura la suma de las bases de cotización para accidentes de trabajo y enfermedades profesionales señaladas en el Modelo TC2.
A dichas bases se les aplican los porcentajes de IT y de IMS que les correspondan según su CNAE, el cual se asigna dependiendo de la actividad de la empresa. Las cuotas resultantes son a cargo exclusivo del empresario.
En esta sección se anotan también las compensaciones por IT derivadas de accidente o enfermedad profesional y que figuran en el Modelo TC2.
En este apartado se informa del mismo importe de bases que para accidentes de trabajo y enfermedades profesionales a los que se aplica el tipo de cotización establecido para desempleo, fondo de garantía salarial y formación profesional.
Asimismo se contemplan las bonificaciones y subvenciones que hay que deducir de las cuotas.
Se cumplimentará cuando el ingreso de cuotas se realice fuera del plazo reglamentario.
Se indicará el total de cuotas a ingresar o a percibir.
En la parte derecha del Modelo TC1 existe un campo con 3 casillas, la primera es la clase de liquidación “CL” y las dos siguientes se corresponden con la clave de control “CC” del ingreso que se realiza.
Estas claves deben ser cumplimentadas por la empresa en determinados supuestos en los que no es necesaria la realización de ningún trámite en la Administración de la Seguridad Social.
Los sujetos obligados al pago de las cuotas de cotización podrán presentar los modelos TC2 y TC1 a través del Sistema RED. Para ello se deberá solicitar autorización a dicho Sistema RED.
En el caso de que no se ingresaran las cuotas correspondientes, el envío del fichero fan efectuado en el plazo reglamentario, se considerará como presentación de los documentos de cotización.
Si la presentación de los documentos de cotización se efectúa mediante la transmisión de ficheros, el pago podrá efectuarse mediante las modalidades de cargo en cuenta y pago electrónico.