Los Modelos TC2 y TC1 son los documentos oficiales, determinados por la Tesorería General de la Seguridad Social, para la recaudación de las cuotas de cotización.
Las cuotas deben liquidarse por mensualidades y se ingresarán dentro del mes siguiente al de su devengo. La recaudación se lleva a cabo por parte de la TGSS o sus entidades colaboradoras.
Los documentos TC2 y TC1 deben presentarse obligatoriamente aun cuando no se ingresen las cuotas dentro del plazo reglamentario. La presentación sin ingreso de cuotas permite la compensación de las prestaciones económicas por pago delegado tales como enfermedades y accidentes, pero no la deducción por la aplicación de los beneficios en la cotización como son bonificaciones y reducciones.
Cuando se presentan los modelos en plazo pero sin ingreso de cuotas, el recargo será del 3%, 5%, 10% ó 20%, en función de que el ingreso de las cuotas se abone en el primer mes, segundo, tercero o a partir del cuarto mes siguiente al vencimiento del plazo reglamentario, respectivamente.